Si eres autónomo y facturas a empresas u otros profesionales, es muy probable que tengas que incluir una retención de IRPF en tus facturas. Es una de las cuestiones que más confusión genera entre los autónomos: ¿cuándo hay que aplicarla? ¿Qué porcentaje? ¿Qué pasa si facturo a un particular?

En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber sobre las retenciones de IRPF en facturas: quién las aplica, cómo calcularlas y cómo afectan a tu modelo 130 y a tu declaración de la renta.

Qué es la retención de IRPF en una factura

La retención de IRPF es un porcentaje que tu cliente (empresa o profesional) descuenta del importe de tu factura y lo ingresa directamente a Hacienda en tu nombre. Es un adelanto de tu Impuesto sobre la Renta — igual que el modelo 130, pero en este caso es tu cliente quien hace el ingreso por ti.

La retención de IRPF no es dinero que pierdes: es un pago anticipado de tu renta. Tu cliente lo ingresa a Hacienda por ti y tú lo recuperas al hacer la declaración si has pagado de más.

Cuando hagas la declaración de la renta anual, todas las retenciones que te han practicado se restan de lo que te toca pagar. Si las retenciones superan tu cuota de IRPF, Hacienda te devuelve la diferencia.

Quién debe aplicar retención en sus facturas

Autónomos que SÍ aplican retención

Los autónomos dados de alta en actividades profesionales (sección segunda del IAE) están obligados a incluir retención de IRPF cuando facturan a:

  • Empresas (sociedades mercantiles: SL, SA, cooperativas…)
  • Otros autónomos o profesionales que actúen en el ejercicio de su actividad
  • Entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles…)

Las actividades profesionales incluyen: abogados, consultores, arquitectos, ingenieros, diseñadores, programadores, fotógrafos, traductores, médicos, periodistas, formadores y la mayoría de profesiones liberales.

Autónomos que NO aplican retención

  • Actividades empresariales (sección primera del IAE): comercio, hostelería, construcción, transporte… Estos autónomos no incluyen retención en sus facturas, independientemente de a quién facturen
  • Facturas a particulares: las personas físicas que no actúan como empresarios o profesionales no están obligadas a practicar retenciones. Si eres diseñador y haces un logo para un particular, esa factura va sin retención
  • Autónomos en módulos: quienes tributan en estimación objetiva no aplican retención
Tipo de autónomoFactura a empresaFactura a particular
Profesional (sección 2ª IAE)Con retención IRPFSin retención
Empresarial (sección 1ª IAE)Sin retenciónSin retención
Artista / deportistaCon retención IRPFSin retención
Autónomo en módulosSin retenciónSin retención

Porcentajes de retención de IRPF en 2026

Retención general: 15%

Es el porcentaje estándar que aplica la mayoría de autónomos profesionales. Si llevas más de tres años dado de alta como autónomo, el 15% es tu retención.

Retención reducida para nuevos autónomos: 7%

Si acabas de darte de alta como autónomo, puedes aplicar el tipo reducido del 7% durante:

  • El año en que te das de alta
  • Los dos años naturales siguientes

Es decir, si te diste de alta en septiembre de 2024, puedes aplicar el 7% hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir del 1 de enero de 2027, pasas al 15%.

Otros porcentajes de retención

Tipo de rentaRetenciónEjemplo
Actividades profesionales (general)15%Consultor, diseñador, abogado
Nuevos autónomos profesionales7%Primeros 3 años de actividad
Cursos, conferencias, seminarios15%Ponente en un evento
Cesión derechos de imagen24%Modelos, actores
Alquiler de inmuebles19%Alquilar tu local a una empresa
Actividades agrícolas y ganaderas2%Venta de producción agrícola
Actividades forestales2%Venta de madera

Cómo calcular la retención en una factura: ejemplo práctico

La retención se calcula sobre la base imponible (tus honorarios), no sobre el total con IVA. Veamos un ejemplo completo de una factura de un diseñador freelance que cobra 2.000€ por un proyecto:

ConceptoImporte
Honorarios profesionales (base imponible)2.000,00€
IVA 21% (sobre 2.000€)+ 420,00€
Retención IRPF 15% (sobre 2.000€)− 300,00€
Total a cobrar2.120,00€

Fíjate: el IVA (420€) se suma y la retención (300€) se resta. El cliente te paga 2.120€, pero además ingresa los 300€ de retención a Hacienda a tu nombre. Tu ingreso real sigue siendo 2.000€ + 420€ de IVA = 2.420€, pero recibes 2.120€ en tu cuenta y 300€ van directos a la AEAT.

La retención se calcula sobre la base imponible (tus honorarios), nunca sobre el total con IVA.

Si eres nuevo autónomo (retención del 7%)

Con los mismos 2.000€ de base:

  • IVA 21%: + 420€
  • Retención IRPF 7%: − 140€
  • Total a cobrar: 2.280€

La diferencia es significativa: cobras 160€ más por factura. Esa mejora de liquidez es especialmente valiosa cuando estás empezando y cada euro cuenta para cubrir tus cuotas de autónomos y otros gastos fijos.

Cómo incluir la retención en tu factura

Tu factura debe cumplir todos los requisitos legales de facturación y, además, incluir específicamente:

  • La base imponible sobre la que se aplica la retención
  • El porcentaje de retención aplicado (7% o 15%)
  • El importe de la retención (con signo negativo)
  • El total a pagar (base + IVA − retención)

La retención debe aparecer claramente diferenciada del IVA en el desglose de la factura. No mezcles ambos conceptos ni los restes uno de otro — son líneas independientes.

Cómo afectan las retenciones a tu modelo 130

Las retenciones y el modelo 130 son dos formas de adelantar IRPF a Hacienda. Por eso, las retenciones que te practican se restan directamente en el modelo 130 (casilla 05).

ConceptoEfecto
Retenciones acumuladas altasPagas menos (o nada) en el modelo 130
Retenciones acumuladas bajasPagas más en el modelo 130
+70% de ingresos con retenciónNo presentas el modelo 130 (exento)

De hecho, si al menos el 70% de tus ingresos del año anterior llevaron retención, estás exento de presentar el modelo 130. Esto es habitual en profesionales que facturan casi exclusivamente a empresas.

Tu cliente no te retiene: ¿qué haces?

Si tu factura incluye retención pero tu cliente te paga el total sin descontarla, el problema es del cliente — pero te afecta a ti. El cliente está obligado a practicar la retención, ingresarla en Hacienda y emitirte un certificado de retenciones.

En la práctica:

  1. Recuerda al cliente que debe descontar la retención e ingresarla en la AEAT
  2. Solicita el certificado de retenciones (lo necesitas para tu declaración de la renta)
  3. Si el cliente se niega, tú no puedes deducirte retenciones que no te han practicado realmente. Podrías informar a Hacienda, pero primero intenta resolverlo de forma amistosa

Certificado de retenciones: por qué es importante

Cada empresa que te retiene IRPF debe emitirte un certificado anual de retenciones (antes del 31 de enero del año siguiente). Este documento resume todas las retenciones que te ha practicado durante el año y es esencial para:

  • Verificar que las retenciones declaradas en tu renta coinciden con las ingresadas por tus clientes
  • Reclamar si hay discrepancias
  • Que Hacienda te devuelva lo que corresponda

Si un cliente no te envía el certificado, puedes consultar los datos en tu borrador de la renta — la AEAT ya tiene la información porque tu cliente la declara en su modelo 111 (trimestral) y modelo 190 (resumen anual).

Errores comunes con las retenciones de IRPF

Aplicar retención cuando no corresponde

Si tu actividad es empresarial (comercio, hostelería, construcción) y no profesional, no debes incluir retención. Lo mismo si facturas a un particular. Incluir retención cuando no toca genera confusión y problemas de cuadre.

Usar el 7% más allá de los tres primeros años

El tipo reducido del 7% tiene fecha de caducidad. Si llevas más de tres años de alta y sigues aplicando el 7%, Hacienda puede reclamarte la diferencia con recargo. Marca en tu calendario cuándo pasas al 15%.

Calcular la retención sobre el total con IVA

Error clásico. La retención se calcula sobre la base imponible, no sobre base + IVA. Si tu base es 1.000€ y aplicas el 15%, la retención es 150€ — no el 15% de 1.210€ (que serían 181,50€).

No declarar las retenciones en la renta

Si no incluyes las retenciones en tu declaración de la renta, estás pagando de más. Es dinero que ya has adelantado a Hacienda a través de tus clientes. Asegúrate de incluir todas las retenciones — con o sin certificado del cliente, los datos están en tu borrador.

Confundir retención con IVA

El IVA es un impuesto sobre el consumo que tú recaudas para Hacienda (y que declaras en el modelo 303). La retención es un adelanto de tu impuesto sobre la renta. Son conceptos fiscales distintos que coexisten en la misma factura pero no tienen relación entre sí.

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Las retenciones trabajan a tu favor si las entiendes

Las retenciones de IRPF pueden parecer un fastidio — al fin y al cabo, cobras menos en cada factura. Pero en realidad son un mecanismo que te protege: adelantas el IRPF poco a poco en lugar de enfrentarte a un pago grande en la renta. Si llevas bien tu facturación, registras tus gastos deducibles y controlas tus pagos fraccionados del modelo 130, las retenciones son una pieza más de un sistema que, bien gestionado, no debería darte sorpresas.